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MUNDO MULTILATERAL #11 – EL SISTEMA EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

Tras las atrocidades vividas durante la Segunda Guerra Mundial, el reconocimiento y la protección internacional de los Derechos Humanos se convirtió en un tema primordial para la comunidad internacional. Así, los Estados de Europa Occidental acordaron establecer un un entorno político y jurídico común a todos los países europeos con el objetivo de proteger la “libertad individual, la libertad política y el imperio del Derecho”. Se crearon entonces un Consejo Europeo y un sistema normativo e institucional para garantizar y proteger los derechos humanos en Europa. Hoy, ese sistema protege los derechos de 830 millones de personas, desde el Océano Atlántico hasta los Montes Urales.



¿Qué es?


El Sistema Europeo de Derechos Humanos (SEDH) es el marco regional de promoción y protección de los derechos humanos en Europa con base en distintos instrumentos internacionales donde se los reconoce, se establecen obligaciones tendientes a su promoción y protección y se crean órganos destinados a velar por su observancia.


Este sistema, desarrollado bajo la órbita del Consejo de Europa, se inició formalmente con la aprobación de la “Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales”, más conocida como Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH), el 4 de noviembre de 1950 en Roma, instrumento destinado a la protección de los derechos civiles y políticos (los derechos de carácter socioeconómico tuvieron que esperar hasta 1961, año en el que se adoptó la Carta Social Europea).


En suma, significó el establecimiento, por primera vez en la historia, de un sistema institucional supranacional cuyo objetivo declarado era la protección y promoción de los derechos humanos.


En la actualidad, además de la Convención Europea de Derechos Humanos y sus 16 protocolos, en el ámbito del Consejo de Europa se han adoptado más de 200 instrumentos que abarcan una amplia gama de temas: derechos económicos y sociales, los abusos físicos, la cooperación jurídica, la cultura y la educación, entre otros.


¿Quiénes lo conforman y cómo es su estructura?



Los 47 Estados miembros del Consejo de Europa son parte del CEDH.

La Convención preveía originalmente dos órganos judiciales: la Comisión Europea de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).


Desde 1953 hasta 1999, la Comisión tuvo una función intermedia a efectos de filtrar aquellas peticiones que no cumplieran con los requisitos de admisibilidad para evitar un dispendio jurisdiccional innecesario por parte del Tribunal. La Comisión conocía los casos y luego remitía sus informes al Tribunal, que era el único órgano con poder para emitir una decisión jurídica vinculante. La Comisión también tenía la facultad de remitir sus informes al Comité de Ministros del Consejo, que podía decidir si se había violado o no el CEDH.


Hasta la entrada en vigor del Protocolo 11 el 31 de octubre de 1998, los individuos no podían tener acceso directo al Tribunal, sino que debían acudir primero a la Comisión quien era el órgano que enviaba el caso al Tribunal. El Protocolo 11 abolió la Comisión y permitió que los individuos pudieran acudir al TEDH directamente


Actualmente, el TEDH es la única institución judicial del SEDH y está compuesto por un número de jueces igual al de los Estados parte (actualmente 47). Tiene su sede en Estrasburgo (Francia) y no es una institución de la Unión Europea.


Los jueces son elegidos por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a partir de una lista de tres nombres propuesta por cada Estado. Son elegidos por un mandato no renovable de nueve años y, si bien es cierto que los jueces son elegidos a título de un Estado, sin embargo, forman parte del Tribunal a título individual y no representan a ese Estado. Son totalmente independientes y no pueden ejercer ninguna actividad incompatible con su deber de independencia e imparcialidad.


El Tribunal en pleno elige a su Presidente, dos Vicepresidentes y dos Presidentes de Sección por un periodo de tres años. Una Sección es una entidad administrativa y una Sala es una formación judicial del Tribunal constituida en el seno de una Sección.


Cada Sección se compone de un Presidente, de un Vicepresidente y de varios jueces. El Tribunal tiene cinco Secciones dentro de las cuales se constituyen las Salas. Una Sala se compone del Presidente de la Sección a la que el asunto ha sido atribuido, del juez nacional, esto es, del juez elegido a título del Estado contra el que se ha presentado la demanda, y de otros cinco jueces designados por el Presidente de la Sección según un sistema de rotación.


Por su lado, la Gran Sala se compone del Presidente del Tribunal, de los Vicepresidentes, de los Presidentes de las Secciones, del juez nacional y de jueces elegidos por sorteo.

Finalmente, el Tribunal en pleno sólo se ocupa de las cuestiones de organización.


¿Cómo es su funcionamiento?


Los mecanismos de control del cumplimiento del CEDH por parte de los Estados son básicamente tres: a) Los informes que, a requerimiento del Secretario General del Consejo de Europa, todo Estado miembro deberá suministrar dando las explicaciones pertinentes sobre la manera en que su derecho interno asegura la aplicación efectiva de las disposiciones de la Convención; b) las demandas individuales, que son aquellas presentadas por un individuo, un grupo de individuos o una organización no gubernamental que estima que sus derechos han sido violados; y las demandas interestatales, que son aquellas interpuestas por un Estado contra otro.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es competente para decidir sobre alegaciones de violación del CEDH a partir de demandas individuales o demandas interestatales.


Las demandas individuales son primero examinadas para comprobar que cumplen los requisitos de admisibilidad, entre otros: el haber agotado los recursos en su propio país, no haber sometido el caso a otra instancia internacional de investigación o arreglo, y que la demanda se presente en los seis meses siguientes a la fecha de resolución definitiva en el ámbito interno.


Una vez admitida la demanda, pasa a una Sala compuesta por siete jueces, que buscarán un arreglo amistoso entre la víctima y el Estado demandado, en cuyo caso dictarán una resolución recogiendo el acuerdo. En caso contrario, se inicia un procedimiento contencioso que acaba con una sentencia definitiva y de obligado cumplimiento para el Estado. El órgano que vela por este cumplimiento es el Comité de Ministros del Consejo de Europa, compuesto por los Ministros de Asuntos Exteriores de los países miembros del Consejo de Europa.


Estas sentencias desempeñan un papel fundamental en el sistema europeo. Además de su vinculatoriedad para los Estados, ejercen una influencia cada vez mayor en la jurisprudencia de los tribunales internos en materia de derechos humanos.


Además de la función contenciosa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también puede llevar a cabo una función de carácter consultivo en todos los asuntos relativos a la interpretación y aplicación del CEDH que le sean sometidos.



¿Cuál es el impacto del SEDH?


El impacto fundamental del SEDH reposa en el trabajo fundamental del TEDH y la fuerza vinculante de sus sentencias. Un Estado que haya cometido una violación deberá reparar el daño sufrido por el demandante y, en la medida de lo posible, reparar las consecuencias de la violación. El Estado también debe asegurarse de que que no se produzca una violación similar, es decir, que nadie más sea víctima de la violación constatada. En la práctica, esto suele dar lugar a un cambio de legislación.


Al modificar su legislación o su práctica para adaptarlas a la Convención, los Estados permiten que todos se beneficien del desarrollo ulterior de la protección de los derechos humanos. Una sola sentencia puede, por lo tanto, tener un impacto sobre el conjunto de la población de un Estado.


Hay numerosos ejemplos al respecto, por ejemplo: Chipre abolió el “delito de relaciones homosexuales entre adultos con consentimiento”; la pertenencia a un sindicato ya no es una obligación en Dinamarca, Francia reconoce la igualdad de derechos sucesorios entre los hijos nacidos dentro como fuera del matrimonio, el Reino Unido prohíbe los castigos corporales en las escuelas públicas, Suiza promulgó una ley para regular las escuchas telefónicas, entre otros.


Por lo tanto, lo que da fuerza al SEDH, y que lo transforma en un ejemplo para otros sistemas regionales, es la forma en que el órgano encargado de velar por su aplicación, es decir el TEDH, lo hace de forma dinámica, a la luz de las condiciones actuales y permitiendo que sus elementos se apliquen hoy en día a situaciones que eran totalmente imprevisibles e inimaginables en el momento en que se adoptó la CEDH, como cuestiones relacionadas con las nuevas tecnologías, la bioética o el medio ambiente.


Publicado el 09/12/2021

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