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La ONU: Un límite a los fondos buitres



El ex presidente brasileño Lula da Silva, uno de los grandes referentes políticos contemporáneos de América Latina, resumió en una sola frase el sinsentido que llevó a la ONU, la semana pasada, y a instancias de Argentina, a adoptar -con el voto a favor de 136 países y sólo 6 en contra- una serie de principios básicos encaminados a definir un marco legal para los procesos de reestructuración de deudas soberanas: “No es bueno para la economía del mundo que un juez norteamericano decida el futuro del mundo”.

Cuando Argentina entró en default, en 2001, su PIB había caído más de 20 por ciento desde 1998, el desempleo superaba el 25%, la pobreza crecía, los bancos quebraban y los depositantes perdían sus ahorros y la deuda era del orden del 160% del PIB. Muchos europeos entenderán hoy de qué hablamos.

Sin embargo, después de una traumática transición política, desde 2003, el entonces Presidente Néstor Kirchner emprendió un proceso de reestructuración de la deuda argentina que ha sido de los más complejos que se recuerden, pero también de los más exitosos. Se concretó en 2005 e involucró 152 tipos de bonos en 7 divisas diferentes bajo 8 legislaciones distintas.

Argentina completó esa reestructuración tras decenas de consultas con grupos de acreedores. Lo hizo en soledad, sin apoyo financiero ni marco legal internacional que rigiera el proceso.

En 2010, el país había regularizado la situación del 93 por ciento de aquella deuda. Pero, ¿qué paso con el restante 7%? ¿Por qué no se reestructuró? Simplemente, porque no era ese el negocio del capital especulativo conocido como “fondos buitre”, protegidos en este caso por una decisión del juez de Nueva York Thomas Griesa . Estos fondos atacan economías en crisis comprando por monedas papeles de la deuda pública para resistir luego cualquier hipótesis de acuerdo ya que el objetivo consiste en perseguir judicialmente el cobro del 100 % de su valor nominal, mas intereses por mora.


El propio FMI advirtió en 2011 que fondos buitres, en general agazapados en paraísos fiscales, amenazan con demandas siderales a las economías en crisis, y no solo de África y América Latina. El Banco Mundial identificó a por lo menos 26 fondos buitres detrás de la deuda de economías en crisis que habían aceptado acuerdos para darse un respiro.

Así, y pese a la oposición de Estados Unidos, el Reino Unido, Japón, Alemania, Canadá e Israel, y con 41 abstenciones, pero con el decisivo apoyo del G-77 más China, la Asamblea General de la ONU, una instancia democrática en la que la voluntad cada país vale un voto, aprobó una resolución con nueve principios que sirven de guía a la aprobación de un marco estatutario para la reestructuración de deudas soberanas de manera ordenada y eficiente.

Se trata, ante la insuficiencia de las herramientas actualmente existentes contra las prácticas de los fondos buitre, de un primer –y fundamental- paso para superar la falta de una ley de quiebras internacional que, como ocurre con las empresas, contemple a los Estados.

Como explicó en el recinto de la ONU el ministro de Economía argentino, Axel Kicillof, hay muchos países con deudas que superan a su PBI anual. “Si tienen que ir a una reestructuración de deuda y hay un solo acreedor que se opone y consigue un juez, de cualquier parte del mundo, que le falle a favor tendrían que pagarle el 100 por ciento de la deuda en las condiciones originales y antes aún de que cobren los que hubieran aceptado la reestructuración. En esas condiciones, ¿quién va aceptar reestructurar?”.

Esos principios incluyen el derecho de los estados a reestructurar su deuda como parte de su política macroeconómica, la inmunidad soberana frente a tribunales extranjeros y el respeto a las mayorías calificadas en los procesos de reestructuración.

La resolución incluye también un principio de sostenibilidad y aboga por que los procesos de reestructuración se completen a tiempo y con eficacia, de manera que no pongan en peligro la estabilidad de los países deudores y eso contribuya a un crecimiento económico inclusivo y a la estabilidad del sistema financiero internacional.

Además, establece que los acuerdos aprobados por una mayoría cualificada de acreedores no deben ser afectados, perjudicados u obstaculizados por otros Estados u una minoría de acreedores no representativa, que deben respetar la decisión de la mayoría.

En resumen, una muestra de sentido común de la comunidad internacional que viene a establecer límites razonables y justos a la especulación descontrolada de este tipo de capital financiero internacional.

Publicado por Jorge Argüello el 21 de septiembre en Público, Portugal


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